Moderadores: moderadores junior, moderadores Todo lo demas
leonenredado escribió:Y con el espejo retrovisor que hacemos? también lo despegamos? quien quiera hacer una burrada de esas que les muestre la ley promulgada, donde claramente y sin interpretaciones diga que el GPS no se puede usar, luego de eso, mirándolo a los ojos con la mejor cara de nada que tengan sacan la mano izquierda por la venta y despacito van levantando el dedo del medio a la vez que sonríen y saludan al oficial recordándole de quien nació.
a lo que respondí:
1ro... esta estipulado en la ley la prohibición del mismo si ,este interfiere la visión .
2do... el mismo NO obstaculiza la visión (el GPS esta colocado junto al espejo retrovisor y casi oculto ya que lo tapa la banda que tengo colocada en la parte superior del parabrisas con el fin de reducir esa parte contra los rayos solares).
3ro... le pregunte, saco también el espejo retrovisor que distrae y/o obstaculiza ???
La Ley Nacional de Tránsito (Ley 24.449) dice:
ARTICULO 48. — PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública:
q) Transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados