Confirmado.... el que te dió el curso es un imbecil, perdón, quise decir un IMBECIL....
Ley Provincial de Tránsito Nº 11430 con sus modificatorias 11460, 11583, 11626 y 11768 de la Provincia de Bs. As.
Artículo 53, inciso 5:
Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida, sin detenciones y dejando la zona central no transitable a la izquierda. Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa
Ya me parecía que una Ley Provincial no podía ir tan a trasmano del resto de la legislación...
...pensar que te podrías comer años de cárcel si hubieras llegado a tener un accidente con víctimas fatales por culpa del concepto errado de un inepto...
Augusto