Hola a todos!
Por lo que he averiguado, hay dos formas de comprar un auto cuando uno está casado. a) Firmando el titular y poniendo que está casado y b) Firmando los dos conyuges como titulares (en condominio). Esta última opción tiene más sentido si el precio del auto divido 2 da menos de $25000.-
En el caso a, si el valor del auto supera los $25000.- uno debe completar en la AFIP el formulario 381 e ir al registro para que asienten al dorso del título que uno hizo esta declaración jurada. Si bien al comprar el auto, firma solo el titular (y pone casado), al venderlo deberán firmar los dos conyuges.
En el caso b me dijeron que el monto del vehículo se divide por dos y sin lo que corresponde a cada uno no supera los $25000.-, no hay que hacer el 381. En este caso, se extienden 2 cédulas verdes. En cada cédula figura el nombre de uno de los titulares y dice "y otro/a". Aquí, al comprar y al vender el auto firmarán los dos conyuges.
Hasta aquí creo haber entendido bien. Ustedes me dirán.
Ahora, en qué otra cosa cambia el asunto. Hay algo que se dificulte más adelante a nivel papelerío o uso del auto si uno opta por la opción b (condominio)? Es decir, qué es lo que hacen Uds. o que recomendarían?
Muchas Gracias y saludos,
Germán.-