Encontre esto, si bien no habla de su prohibicion queda casi a consideracion de quien te pare y te haga o no la multa, igual por lo que yo se todas esas multas quedan sin efecto y ya casi no hacen porque el momento de hacer la infraccion, no poseen elementos para determinar el "grado de tonalidad".- Lo que quieren hacer es cuando haces la VTV ahi te van a verificar tambien "el grado de tonalidad", bueno a continuacion pongo lo que encontre:
La sanción al polarizado aparece en leyes de todo tipo. El Código de Faltas porteño castiga con multa de $ 50 a $ 500 al conductor de un coche "que circule con vidrios tonalizados que no cumplan con los requisitos de transmisión luminosa". En tanto, la Ley Nacional de Tránsito, Nº 24.449, establece como requisito para los autos contar con vidrios "con el grado de tonalidad adecuado". Por último, la ley provincial marca que los cristales "deberán tener una visibilidad desde el interior y exterior, igual a la provista por el fabricante del vehículo en su modelo original".-
Esta dicho en la ley de Transito, articulo 30 inciso F que dice:"Vidrios de seguridad o elementos transparentes similares, normalizados y con el grado de tonalidad adecuados.-"
Saludos

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